Guía Técnica del Sustentante para la Evaluación del Desempeño del Personal Docente, Personal con Funciones de Dirección y Supervisión. Cuarto grupo. Educación Básica

Presentación:

 

El artículo 3° constitucional establece “el Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos”.
En el artículo 52 de la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD) se plantea que las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados deberán evaluar el desempeño docente y de quienes ejerzan funciones de dirección o de supervisión en la Educación Básica y Media Superior que imparte el Estado. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) determinará su periodicidad, considerando por lo menos una evaluación cada 4 años, y vigilará su cumplimiento. En este contexto, para atender los propósitos, las características y las condiciones en que se desarrolla la Evaluación del Desempeño, la Secretaría de Educación Pública (SEP), en vinculación con el INEE, estableció las siguientes Etapas para este proceso de Evaluación:

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